Comprobante de retención: quién retiene, cuánto y cuándo
Cuando un agente de retención le compra a un proveedor, le descuenta una parte del pago y se la entrega al SRI a nombre del proveedor. Desde el 1 de marzo de 2026 la retención de renta es 2 % en bienes, 3 % en servicios con mano de obra y 10 % en honorarios y arriendos, entre otros. La de IVA va de 10 % a 100 % del IVA y solo la hacen quienes el SRI calificó.
La retención es un anticipo de impuestos que el comprador cobra a nombre del SRI: en lugar de pagarle todo al proveedor, le paga menos y le entrega un comprobante de retención. El proveedor descuenta esa retención en su declaración. Aquí verá quién retiene, cuánto y cuándo, con una calculadora para probar.
Calcule un ejemplo
- Total de la factura (con IVA 15 %)
- Retención de renta
- Retención de IVA
- Le paga a su proveedor
Ejemplo con los porcentajes vigentes desde el 1 de marzo de 2026, para casos comunes entre contribuyentes que no son especiales. Hay más conceptos y excepciones: confírmelo con la tabla del SRI o con su contador.
Quién retiene
| Impuesto a la renta | IVA | |
|---|---|---|
| Sociedades | Sí. | Solo si el SRI las calificó como agentes de retención. |
| Personas naturales obligadas a llevar contabilidad | Sí. | Solo si el SRI las calificó. |
| Contribuyentes especiales | Sí. | Sí. |
| Entidades públicas | Sí. | Sí. |
| RIMPE emprendedor | Solo en casos puntuales. | Solo en importación de servicios, liquidaciones de compra e IVA presuntivo. |
| RIMPE negocio popular | No. | No. |
Quién es agente de retención de IVA está en el catastro del SRI. En febrero de 2026 el SRI calificó a nuevos agentes: si no está seguro, revíselo en SRI en línea.
Retención de renta desde marzo de 2026
La resolución NAC-DGERCGC26-00000009 cambió los porcentajes desde el 1 de marzo de 2026. Los más comunes:
| % | Qué compra |
|---|---|
| 0 % | A un negocio popular RIMPE que le entrega su comprobante. |
| 1 % | Transporte de pasajeros y de carga; productos agropecuarios comprados al productor; a un RIMPE emprendedor. |
| 1,75 % | Solo productos agropecuarios en estado natural comprados a comercializadores. |
| 2 % | Bienes muebles (antes 1,75 %); construcción; seguros; energía eléctrica. |
| 3 % | Servicios donde predomina la mano de obra (antes 2 %); publicidad; y todo pago que no tenga un porcentaje propio. |
| 5 % | Servicios profesionales y comisiones pagados a sociedades. |
| 10 % | Honorarios de profesionales personas naturales; arriendo de inmuebles; docencia; artistas y deportistas. |
Ojo con las tablas viejas. Desde marzo de 2026 ya no existen el 1,75 % para bienes ni el 2,75 %. Si su sistema todavía los sugiere, actualícelo.
Retención de IVA
| % del IVA | Cuándo |
|---|---|
| 10 % | Bienes, entre contribuyentes especiales. |
| 20 % | Servicios, entre contribuyentes especiales. |
| 30 % | Bienes a un proveedor que no es contribuyente especial; contratos de construcción. |
| 70 % | Servicios a un proveedor que no es contribuyente especial. |
| 100 % | Profesionales; arriendo a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad; liquidaciones de compra. |
A un contribuyente especial, al Estado y a las empresas públicas no se les retiene IVA, salvo cuando quien compra también es contribuyente especial (10 % en bienes, 20 % en servicios).
Cuándo se emite
- Recibe la facturaSu proveedor le entrega la factura electrónica.
- Registra la compraY calcula la retención según lo que compró.Renta + IVA
- Emite la retenciónAl pagar o al registrar la compra, lo que ocurra primero. Se envía al SRI en el momento.
- Su proveedor la recibeDisponible dentro de los 5 días hábiles desde que le entregó la factura.5 días hábiles
Para anular una retención, el plazo es el mismo de la factura: hasta el día 7 del mes siguiente, solo en SRI en línea, y su proveedor tiene 5 días hábiles para aceptarlo.
Cuando le retienen a usted
Si le vende a un agente de retención, le pagará menos que el total de su factura y le entregará un comprobante de retención. Guárdelo: esa retención la descuenta en su declaración. Revise que los porcentajes sean los vigentes y que el comprobante haga referencia a su factura.
Cómo es con Facturia
- Emite comprobantes de retención y liquidaciones de compra en el plan Jefe.
- Trae sus compras del SRI con el reporte de comprobantes recibidos, sin digitar.
- Las retenciones que le hacen sus clientes también llegan en ese reporte, y las registra contra lo que le deben si lleva cuentas por cobrar.
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a retener?
El impuesto a la renta lo retienen las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad. El IVA lo retienen solo los contribuyentes especiales y quienes el SRI calificó como agentes de retención, entre otros casos puntuales.
¿Cuál es el porcentaje de retención en la compra de bienes en 2026?
Desde el 1 de marzo de 2026, 2 % de renta para bienes muebles (antes era 1,75 %). Si usted es agente de retención de IVA y su proveedor no es contribuyente especial, además retiene 30 % del IVA.
¿Cuánto tiempo tengo para emitir la retención?
Se emite al momento del pago o del registro de la compra, lo que ocurra primero, y debe estar disponible para su proveedor dentro de los 5 días hábiles siguientes a que le entregó la factura.
¿Se puede anular un comprobante de retención?
Sí, solo en SRI en línea y hasta el día 7 del mes siguiente. Su proveedor tiene 5 días hábiles para aceptarlo.
¿Le retengo a un RIMPE?
Al emprendedor, 1 % de renta y el IVA con los porcentajes generales, salvo que le pague con tarjeta u otro medio electrónico de pago. Al negocio popular no se le retiene.
Fuentes
- Resolución NAC-DGERCGC26-00000009: porcentajes de retención en la fuente de impuesto a la renta, desde el 01/03/2026 (texto)
- Nuevos porcentajes de retención de renta 2026 (resumen de NMS Law, 02/03/2026)
- Resolución NAC-DGERCGC20-00000061: agentes y porcentajes de retención de IVA (texto)
- SRI: Retenciones en la fuente
- Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios, art. 8 (plazo de emisión)
- SRI: Circular NAC-DGECCGC23-00000004 sobre RIMPE (retenciones a emprendedores y negocios populares)
Esta guía resume la norma para que se entienda fácil; no reemplaza la asesoría de su contador. Ante cualquier duda, vale lo que dice el SRI.
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